En el Municipio Bruzual Reforma total para la autorización y regulación del Expendió de Bebidas Alcohólicas
Los Concejales: Lina Segovia: Presidenta de la Cámara Municipal, Ruben Agatón; Vice-Presidente, Yenny Pérez, Junior Marchán, Kelvin Rodríguez y Beatriz Velásquez; anunciaron que fue aprobada la reforma total de la Ordenanza para la Autorización y Regulación del Expendió de Bebidas Alcohólicas; estas discusiones se realizaron en conjunto con representantes de la alcaldía y miembros de la asociación de licoreros del municipio Bruzual, donde presentaron sus propuestas con respecto a la reforma de la Ordenanza.
Durante la sesión extraordinaria N°. 42 de fecha 29 de septiembre, donde se le dió inicio a la discusión de la misma, y fue aprobada este martes en el salon de sesiones de la cámara municipal, allí fueron reformados 77 artículos y le fueron incluídos 43 artículos, ya norma dos en la respectiva ordenanza.
Con respecto al tema tributario quedó establecido en el parágrafo único del artículo 27, quedando de la siguiente manera: Las autorizaciones previstas en el artículo anterior deberán renovarse anualmente lo que causará una tasa de Sesenta Unidades
Tributarias (60 UT) para las zonas urbanas y de Cincuenta Unidades Tributarias (50UT) en la zonas suburbanas.
De igual manera en esta discusión en cuanto al horario quedó: Artículo 31: La Licencia para el expendió de alcohol y las especies alcohólicas autoriza a ejercer la actividad en ella señalada, bajo las condiciones que se indique en esta Ordenanza Municipal,en el horario que a continuación se establece:
Al por Mayor: Lunes a sábado de 8 a.m. a 9 p.m. Domingo y días Feriados de 9 a.m. a 9 p.m.. Al por Menor: Lunes a sábado de 8 a.m. a 9 p.m. Los Días Domingos en un horario comprendido de 9: a.m. a 5 p.m. a los efectos de quienes laboraren dicho día, y deberán cancelar la cantidad de Diez (10) U.T. ante la Dirección de Hacienda Municipal.
En lo relacionado al consumo responsable por parte de los ciudadanos, quedó incluido de la siguiente manera: De la Cultura Alcohólica; Artículo 113: El ejecutivo municipal tendrá la obligación en coordinación con los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas basado en el artículo 02 de la presente Ordenanza, promocionar actividades socio culturales articulados con el Concejo Municipal de Bruzual, los Consejos Comunales en conjunto con las Asociaciones de expendió de bebidas alcohólicas debidamente registradas; para así establecer dentro de la comunidad donde funcionen, una cultura de consumo responsable de bebidas alcohólicas hacia los consumidores, con la finalidad de crear un ambiente de armonía entre el expendió de bebidas alcohólicas, los consumidores y la comunidad, debiéndose adecuar a las normas de convivencia establecidas en la ordenanza de convivencia y participación ciudadana del Municipio Bruzual. Articulo 114: Las actividades socio culturales para promover una cultura de consumo responsable alcohólica de los consumidores que deben realizar los establecimientos comerciales que expendan
Artículo 115: Los establecimientos comerciales que expendan bebidas o especies alcohólicas tendrán la obligación de colocar carteles informativos en lugares visibles de dicho establecimiento la prohibición al acceso o permanencia a menores de 18 años de edad, y las obligaciones estipuladas en los artículos 113 y 114 de la presente ordenanza, para que sean conocidas por la comunidad.
Los concejales manifestaron que la autorización del expendió de bebidas alcohólicas reformada del municipio Bruzual, fue planteada por el gremio de licoreros, quienes realizaron sugerencias a varios artículos de la referida ordenanza, atendiendo al pueblo de manera eficiente y ofreciendo respuesta inmediata a nuestros comerciantes comprometidos con el desarrollo del municipio Bruzual.
fuente: vs ong.