Caracas, 18 de junio de 2014.- El Ministerio de Vivienda y Hábitat publicó cuatro nuevas resoluciones que rigen el otorgamiento de créditos para adquirir una casa en Venezuela.
La novedad principal es que se modifican los montos máximos de créditos a otorgar con recursos de los Fondos de Ahorro para Vivienda.
El financiamiento para compra de vivienda pasa de un máximo 350.000 a 500.000 bolívares; para autoconstrucción, de 205.000 a 400.000 bolívares; para ampliación, de 140.000 a 200.000 bolívares; y para mejoras, de 84.000 a 150.000 bolívares. Los montos que estuvieron vigentes hasta ahora se establecieron en abril de 2013.
Los créditos para comprar casa con recursos de los Fondos pueden ser otorgados a cualquier solicitante, sin importar su ingreso mensual, siempre que estén activos y solventes con el Fondo de Ahorro Obligatorio para Vivienda (Faov) o el Fondo de Ahorro Voluntario para Vivienda (Favv), mecanismos establecidos en la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat.
Mientras, en el caso de créditos para autoconstrucción, ampliación y mejoras de vivienda principal, están dirigidos a familias con ingreso integral total mensual de entre uno y ocho salarios mínimos, es decir, entre 4.251,78 y 34.014,24 bolívares. Hasta ahora, el límite eran seis salarios mínimos.
Los créditos para compra de vivienda pueden ser otorgados hasta por 100% de la solicitud, conforme al valor del avalúo, tomando en cuenta el ingreso familiar.
Los préstamos serán pagados con cuotas mensuales ordinarias y cuotas extraordinarias. Las ordinarias no superarán 35% del ingreso total familiar mensual ni pueden ser menor a 10%. Hasta este momento, no podían ser menores de 5%.
Las cuotas extraordinarias, que serán dos al año y no pueden ser mayores a dos porciones ordinarias, serán solo aplicables a familias con ingresos superiores a dos salarios mínimos (8.503,56 bolívares), según lo establece la resolución 29 del Ministerio, publicada en la Gaceta Oficial 40.433, de fecha 13 de junio de 2014.
Los plazos máximos para los créditos se mantienen: 30 años para adquisición; 25 para autoconstrucción; 15 para ampliación y 10 para mejoras.
El Subsidio para viviendas familiares
El Subsidio Directo Habitacional, una ayuda no reembolsable que otorga el Estado, será aplicado a familias que lo soliciten al Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (Banavih) vía portal web. Para recibirlo, la vivienda a comprar no puede costar más de 578.000 bolívares y si es autoconstrucción, no puede superar los 400.000 bolívares.
Créditos por cartera hipotecaria
La otra vía para acceder a créditos para vivienda es con recursos propios de la banca, establecidos vía cartera hipotecaria. La resolución 31 ratifica en 20% el monto de esta cartera. Esto significa que los bancos deben destinar al menos 20% de su cartera de crédito bruta anual con recursos propios a otorgar nuevos préstamos hipotecarios, destinados a la construcción, adquisición y autoconstrucción de vivienda principal.
Ese porcentaje debe distribuirse de la siguiente manera: 65% a préstamos a constructores para que edifiquen viviendas; 33% para familias que compren su vivienda principal; y 2% para familias que autoconstruyan sus casas.
En los créditos a construcción, 66% irá a proyectos dirigidos por el estatal Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat que lidera la GMVV.
El restante 34% irá a préstamos a corto plazo para construir urbanismos, que estarán dirigidos al plan del Estado 0800 MI HOGAR, creado en 2012 para apoyar a familias de clase media y que está regido por la resolución 30 del Minvih. En estos casos, se mantienen topes en los precios de venta de esas casas, establecidos por metros cuadrados.
Más créditos para familias que tienen menos ingresos
Los créditos por cartera hipotecaria para que las personas adquieran sus viviendas, bien sea nuevas o usadas, estarán dirigidos en su mayoría (60%) a familias con ingresos de entre uno y seis salarios mínimos.
El restante 40% de estos préstamos debe ir a familias con ingresos mayores a seis salarios mínimos pero hasta 15 salarios mínimos (49.054,5 bolívares).
Estos préstamos son otorgados a familias con ingresos mensuales de entre uno y 15 salarios mínimos (63.776,7 bolívares). Si es por autonconstrucción, será hasta ocho salarios mínimos.
Con información de AVN
fuente: El comercio
Lcdo. Luis Alvarado
Secretario de Asuntos Municipales y Acción Comunal