POR QUE LO SOCIAL INCLUYE TODOS LOS FRENTES

jueves, 16 de julio de 2015

ULTIMA HORA :ENZO SCARANO INHABILITACIÓN EN MI CONTRA ES UN INVENTO DE LA CONTRALORÍA

enzo scarano“Le digo a la gente que salga a votar masivamente, que yo no necesito un cargo público para trabajar por la democracia y por mi país, que Enzo Scarano es simplemente una sola persona, pero que son miles y millones de ‘Enzos Scaranos’ que están en todo el país, que están ya obstinados, cansados, avergonzados, de cómo se está llevando la justicia y la contraloría en este país. Yo le pido a Venezuela entera que salgamos a votar para salir de todo este antro de persecución política que se tiene contra cualquier ciudadano que quiera hacer las cosas bien en este país. Es el momento de fortalecernos y salir a votar, porque sabemos que cambiando la Asamblea Nacional vamos a empezar a tener una luz para empezar a resolver a resolver los problemas que tienen todos los venezolanos”.
Así se pronunció el dirigente Enzo Scarano, exalcalde del municipio San Diego y candidato de la Unidad Democrática por el circuito 3 del estado Carabobo, a la inhabilitación por 12 meses que dictaminó en su contra la Contraloría General de la República.
El dirigente del partido “Cuentas Claras” señaló que el órgano manipuló lapsos de manera fraudulenta para aplicar la medida: “Ellos vinieron a hacer una inspección completa a la alcaldía y no consiguieron absolutamente nada fuera de orden, todo legal. Consiguieron las cuentas muy claritas. En vista de que por allí no pudieron buscar inhabilitarme, entonces procedieron a buscar la sentencia que emanó la Sala Constitucional, cuando me pusieron preso el 19 marzo de 2014. Lógicamente, en esa sentencia me separan del cargo y me meten preso. Para nadie es un secreto el hecho de que estábamos aislados, incomunicados y en una cárcel militar, que no había acceso para nada. Sin embargo, la sentencia sale publicada el 9 de abril de 2014. Esa declaración yo la hice el 7 de mayo, antes de los treinta días correspondientes”.
“Pero entonces ellos alegan que no, que yo tenía que hacerla a partir del 19 de marzo y no del 9 de abril, cuando salió la sentencia. O sea, la declaración está buena y dicen que está fuera del lapso. No hayan cómo inventar y por eso ahora me dan dos sentencias de inhabilitación. Esa es la Contraloría General que tenemos en estos momentos”, denunció.
“Yo creo que se siguen violando los derechos humanos, los derechos administrativos, los derechos al trabajo, a la libertad de expresión y el derecho de elegir de la gente. Yo fui el candidato más votado en las primarias de la Unidad. Mi llamado es a votar, a seguir luchando para acabar con esta persecución de este grupito de enchufados que tiene miedo de medirse y utiliza los poderes del Estado para sacar del medio a sus adversarios políticos”, destacó el opositor, quien interpondrá un recurso de apelación a la medida de la Contraloría General.


lunes, 13 de julio de 2015

!..PLOMO EN LA COTA 905..!Más de 100 detenidos y 14 delincuentes abatidos en toma de Cota 905


cota 905 (El Universal/)
Más de 100 detenidos y 14 delincuentes abatidos en toma de Cota 905 (Fotos)
El Universal
Caracas, 13 julio 2015.-Este lunes desde las 4:00 de la madrugada efectivos de la Guardia Nacional Bolivariana, el Servicio Bolivariano de Inteligencia y Grupo Antiextorsión y Secuestro (GAES) tomaron las denominadas zonas de paz de la Cota 905, con el objetivo de recuperar vehículos robados y tomar el control de la zona, como consecuencia de la acción policial desde tempranas horas vecinos denuncian que se han producido enfrentamientos con delincuentes.

Según trascendió se recuperaron hasta las 10:30 am 15 vehículos robados y se habrían producido múltiples detenciones. Reportan vecinos del sector que las azoteas de los edificios se encuentran tomadas por francotiradores que custodian la zona, además de dos helicópteros que realizan vigilancia aérea.



Extraoficialmente se reporta que 14 personas habrían muerto en los enfrentamientos, entre ellas el líder de una banda delictiva apodado "El Coqui"quienes aún no han sido identificados.

Los accesos hacia la Cota 905 se encuentran restringidos por efectivos policiales.

Balance

Trascendió que los cuerpos policiales dieron de baja a 14 delincuentes y detuvieron a más de 100 personas que presuntamente, están relacionadas con diversos delitos.
Apoyo a toma de Cota 905

Por su parte, el diputado a la Asamblea Nacional (AN), Freddy Bernal, manifestó en su cuenta en Twitter todo su apoyo a la toma de la Cota 905 pues el Estado "tiene la obligación de proteger la vida y darle tranquilidad al pueblo".

"Los criminales deben saber, que combatiremos las bandas y la impunidad, con toda la fuerza del Estado. Bien por operativo en Cota 905, agregó

EL SALARIO MÍNIMO EN VENEZUELA y las necesidades que este debería cubrir.


Articulo de Opinion : Abog. Adaylin Almao Gutierrez
En principio, resulta relevante partir por el hecho de que el hombre en su condición humana, tiene un conjunto de necesidades que satisfacer, alimento, techo, vestido y salud entre otras tantas, estas necesidades requieren de dinero y a su vez este dinero, proviene o debe provenir del trabajo. De tal manera que el trabajo como fuente principal de satisfacción de las necesidades humanas, de cualquier individuo, resulta ser imperativo para todas las personas, o en este caso en especifico, para todos los Venezolanos, por tal motivo los ingresos que provengan del trabajo de las personas, forman parte elemental para el desarrollo económico, social e integral de la familia, y en general de Venezuela como nación.
Dicho esto, se puede partir por citar de la CRBV parte del Artículo 87, el cual expresa: Toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar. El Estado garantizará la adopción de las medidas necesarias a los fines de que toda persona pueda obtener ocupación productiva, que le proporcione una existencia digna y decorosa y le garantice el pleno ejercicio de este derecho. Es fin del Estado fomentar el empleo…De lo anterior resulta lógico relacionar el trabajo como fuente de ingreso, como aquella forma o acción que proporciona al trabajador una calidad de vida digna y decorosa, como se expreso anteriormente en el texto legal, en este sentido, es necesario para esa calidad de vida del trabajador, incluir a su familia, es decir, conyugue e hijos, esto por no mencionar otros posibles miembros familiares que siempre pueden existir y que dependen de este salario, siendo de suma importancia acotar que mas de la mitad de la población trabajadora, vive del salario mínimo, e incluso en algunos casos una familia entera.
Siguiendo en la misma corriente de ideas, y relacionando mas específicamente el trabajo con el salario mínimo como remuneración de la labor determinada, se puede apreciar de igual forma en la CRBV el Artículo 91 que expresa: Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para si y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales… Si bien la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela es la máxima norma en la nación, no es atenuante afirmar que todo lo que en esta norma se establece, debe cumplirse, por lo cual el salario mínimo, debe permitir la satisfacción del alimento en principio, y ya solo con esta primaria necesidad, resulta insuficiente para el mantenimiento humano, ya que desde el 1 de julio del 2015, se realizo el mas reciente aumento salarial del 10%, llegando el sueldo Mínimo Básico Mensual a la suntuosa cifra de Bs. 7.421,68 (Gaceta Extraordinaria Nro. 6181, Decreto Nro. 1737). Lo que implica que se requieren entre 5 y 6 salarios mínimos para cubrir solo la canasta básica”, que se ubica en Bs 42.846,91, de acuerdo con el Centro de Documentación y Análisis Social de la Federación Venezolana de Maestros (Cendas-FVM). Lo que en síntesis nos viene a plantear una crisis social y económica, producto de dicha desigualdad o incongruencia en relación al salario con la canasta básica. Siguiendo en ese mismo articulo Constitucional mencionado anteriormente también se aprecia lo siguiente…El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y del sector privado un salario mínimo vital que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica... Es aquí, que se reafirma entonces en estas líneas constitucionales que se ajustara el salario de acuerdo a la canasta básica, lo cual no ocurre y no esta ni cercano de ocurrir, lo cual fácilmente se puede comprobar en cifras.
Es entonces ,que un padre o madre trabajadora, proveedor de sustento, apenas podrá cubrir humildemente algunas necesidades en materia de alimentación en su casa, puesto que si a esto le sumamos, que las personas en su natural condición humana, están expuestas a enfermarse, mas aun cuando se pasa a la tercera edad, entonces también tenemos que considerar esto como prioritario, y en el caso de los niños, solo tomándose en cuenta sus requerimientos mínimos para ir a la escuela, como lo son zapatos, ropa, un lápiz y un cuaderno, sin ni siquiera considerar muchos otros útiles que necesita un menor para educarse adecuadamente; es así que de estas mencionadas y muy básicas necesidades en un núcleo familiar, se logra percibir, que ni aun siendo las mas elementales, pueden ser satisfechas con el salario mínimo, un salario que se denomina como vital y que además  será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica, como ya se expreso en citado articulo.
Pues bien, si además de lo anterior también tenemos que en el Artículo 98 de la LOTTT se determina: Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades materiales, sociales e intelectuales... Esto solo por enunciar someramente los más relevantes sustentos legislativos que fortalecen y validan la tesis de que con un salario mínimo, no se puede vivir, o mejor dicho no se puede llevar una vida digna, cosa que se garantiza desde el marco constitucional, no es escandaloso afirmar finalmente que aunque se hayan realizado 3 aumentos del salario mínimo en Venezuela, no es solo insuficiente o precario, resultaría apropiado calificarse de injusto o incluso miserable este salario, puesto que los ingresos y egresos no están ni remotamente cercanos en cifras para la adquisición de productos básicos, dicho esto, mencionado salario incluso raya en ser lejano de la CRBV, lo cual es profundamente preocupante para Venezuela y para todos sus ciudadanos, puesto que como ya se desarrollo, no se toma en cuenta los costos reales de la canasta básica para los aumentos realizados, siendo así que se vive en una nefasta situación económica, social y laboral, que requiere de cambios drásticos solo para su nivelación u que lamentablente de seguir así augura numerosas crisis y calamidades para todos y cada uno de sus ciudadanos.